Convalidaciones
Te presentamos el enlace a información y legislación, que puede ser útil para solicitar alguna convalidación en los ciclos en Formación profesional.
Información y legislación sobre convalidaciones
Plazos
Según el apartado 14 de la RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2018, del Director General de Planificación y Formación Profesional, por la que se dictan instrucciones en materia de convalidaciones de módulos profesional de ciclos formativos de Formación Profesional, el alumnado podrá presentar la solicitud de convalidación de módulos profesionales y la documentación necesaria correspondiente una vez que haya formalizado la matrícula en ellos y no más tarde del 15 de octubre de cada año, inclusive, en la secretaría del centro docente donde esté matriculado.
Casos más comunes de convalidaciones de currículos LOE
- FOL (Formación y Orientación Laboral) y EIE ( Empresa e Iniciativa Emprendedora) – LOE – LOE – son convalidables GM/GM – GS/GS – GM/GS – GS/GM
- LENGUA EXTRANJERA (INGLÉS) – LOE-LOE – en ARAGÓN, es convalidable GM/GM – GS/GS – GM/GS – GS/GM
- CONVALIDACIÓN CON ESCUELA OFICIAL DE IDIOMAS: Se puede convalidar la Lengua Extranjera acreditando la posesión del certificado de nivel intermedio (B1) o de nivel avanzado (B2) de la Escuela Oficial de Idiomas, según la Resolución de 15 de Octubre de 2012 , Corrección de errores de la Resolución de 15 de octubre de 2012,y Orden 22 de Agosto 2013. A convalidar por la Dirección del Centro.
Documentación a rellenar
Solicitud de convalidación de módulos profesionales de ciclos formativos
Efectividad de la convalidación
De acuerdo a lo establecido en el artículo 24.2 de la Orden de 26 de octubre de 2009, la convalidación no será efectiva hasta que el alumno o alumna presente la resolución favorable correspondiente en la Secretaría del centro donde está matriculado.
Junto con ella se deberá presentar completado y firmado el documento “validación de convalidación” para que realmente sea efectiva. Puedes solicitarlo en secretaría.